miércoles, 3 de agosto de 2011

Impugnado o en blanco y voto en primarias

Muchachos, este es un tema bastante difícil de entender que genera mucha confusión. Quiero publicar esto en el blog porque estuve escuchando cosas que me llamaron mucho la atención últimamente. Es vox populi que votar en blanco beneficia a los ganadores, porque reduce el porcentaje de votos que necesitan para evitar ir a ballotage. Entonces, mucha gente sugiere impugnar el voto o emitir voto nulo.

Yo me pregunto ¿quién es el brillante que difunde estas ideas? Y más importante, ¿por qué la gente cree cualquier cosa que le cuente cualquier boludo? Estamos muy maduros con esto de que los medios de comunicación miente y todo eso, y cuando algo no nos gusta en seguida (enseguida se acepta todo junto también, incluso ahora es preferible a escribirlo por separado) decimos con tono de superados "es un invento de los medios" o "los del gobierno son todos mentirosos". Según parece, eso aplica únicamente a las cosas que no nos gustan, así podemos evitar tomarnos la molestia de pensarlas un poquito. Si no, no se explica que a mi me lleguen mails que dicen:

1) Que en las primarias uno puede votar varios candidatos a una misma cosa, porque lo que se eligen son los candidatos que uno quiere para octubre.
2) Que para no favorecer a Cristina, hay que impugnar el voto o votar nulo.

¡¡¡¡¡¡¡¡¡Son dos guasadas!!!!!!!!!!!!!!!!!! ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡Por favor!!!!!!!!!! Acá no se trata de evaluar la evolución macroeconómica del país o debatir temas complejos de los que uno no entiende y no sabe a quien creer. Se trata de agarrar la puta ley electoral y fijarse si las pelotudeces que le llegan a uno por mail son verdad o son mentira. Sepan, mis estimados, que:

1) En las primarias solamente se puede votar un candidato para cada puesto (1 presidente, 1 gobernador, 1 senador...etc). Se puede combinar cualquier boleta, varias boletas de un mismo partido o boletas de distintos partidos.
2) A los efectos del porcentaje de votos con que Cristina evita el ballotage, votar en blanco, nulo o impugnar es lo mismo.

Lo primero ya salió en varios medios de comunicación así que no lo voy a explicar. Para lo segundo, les dejo la ley simplemente:


Ley nº 19.945

Artículo 149.- Resultará electa la fórmula que obtenga más del cuarenta y cinco por ciento (45 %) de los votos afirmativos válidamente emitidos: en su defecto, aquella que hubiere obtenido el cuarenta por ciento (40 %) por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y además existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos, sobre la fórmula que le sigue en número de votos.

Es decir, cuentan los votos válidamente emitidos (no impugnados ni nulos) y positivos (o sea no en blanco). Por si queda alguna duda.

Artículo 4: I. Votos válidos: son los emitidos mediante boleta oficializada, aun cuando tuvieren tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones (borratina). Si en un sobre aparecieren dos o más boletas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de candidatos, sólo se computará una de ellas destruyéndose las restantes.
II. Votos nulos: son aquellos emitidos:
a) Mediante boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza;
b) Mediante boleta oficializada que contengan inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo los supuestos del apartado I anterior;
c) Mediante dos o más boletas de distinto partido para la misma categoría de candidatos;
d) Mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir;
e) Cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella.
III. Votos en blanco: cuando el sobre estuviere vacío o con papel de cualquier color sin inscripciones ni imagen alguna.

Saludos muchachos. Aprendan a no confiar en nadie. Ni siquiera en los que les dicen los que quieren escuchar. Especialmente, aprendan a no confiar en ellos.

Javi

4 comentarios:

Javier dijo...

Les dejo el link a la ley:

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/19442/texact.htm

En esa página infoleg pueden colsultar cualquier ley que quieran, si saben como buscarla. Lo mejore es buscar el número de ley en google y después entrar a infoleg.

Anónimo dijo...

Che, KK. No tomes a la gente de boluda. Por mas que quieras la gente no come vidrios y sabe muy bien que objetivo persiguen las primarias. Generar tendencia ganadora para un candidato, fomentar alianzas
y ver que guita le toca a cada partido para la campaña de Octubre. Me gustaría ver tu cara cuando esta gente se vaya en 2015 y quede el país hecho mierda como pasó con Menen.

Atte.
Un Argentino de verdad que no cobra planes y paga impuestos.
Preparate para migrar a otro movimiento como lo hicieron toda la vida (panqueques). Seguro que todos despues van a estar con +a.

Anónimo dijo...

El último comentario era para mí? O era Spam?

Javier

Clari dijo...

justo habia sacado pasajes para viajar a Iguazu, en la votacion esta ultima. como es el tramite que tengo que hacer si no asisti a la votacion??